El pasado 24 de octubre de 2015, el Boletín Oficial de Estado publicó el Real Decreto 949/2015, de 23 deoctubre, por el que se aprueba el nuevo Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones, que haentrado en vigor el día 1 de diciembre de 2015, derogando el antiguo Reglamento de 2003.Este Real Decreto desarrolla lo recogido en la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución Española.Los cambios que introduce son amplios y de carácter muchas veces técnico, afectando sobre todo altrabajo administrativo de los registros, pero incluye varias novedades que deberían tener en cuenta lasasociaciones y que son en las que más se va a incidir en el presente escrito.Los elementos más significativos de este Real Decreto seguramente son 10: 3 aspectos que apenascambian, 6 cambios que afectarán moderadamente a las asociaciones y un elemento que se modifica llamativamente. Pero antes que nada, es importante recordar una cuestión previa que suele ser malinterpretada.