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Asesoría p"asoc. Subv. empleo

 
La Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias convocó el día 10 de abril de 2006 (BOPA nº83) subvenciones para el fomento del empleo, destinadas a financiar la contratación de personas desempleadas que realicen obras y servicios de interés general y social en el año 2006
 
Teniendo en cuenta las dificultades especiales que tiene esta convocatoria y con el fin de que seáis el mayor número de asociaciones las que os animéis a presentaros, hemos puesto en marcha, una vez más, esta asesoría para ayudaros con todas aquellas cosas que siempre nos echan p"atras en este tipo de subvenciones: cálculos de costes salariales, información sobre petición de aval bancario, indicadores de renta, etc. y por supuesto no olvidamos nuestra línea habitual de echaros un cable con la elaboración de vuestros proyectos.
No olvides que la selección de candidatos y candidatas la hace el Servicio de Empleo entre sus desempleados y desempleadas (salvo en casos excepcionales justificados). El plazo finaliza el 11 de mayo.
 

DÍES Y HORARIOS DE L"ASESORÍA

Nel Conseyu de la Mocedá del Principáu d"Asturies
Miércoles 19 d"abril de 17:00 a 20:00 h.
Sábadu 29 d"abril y sábadu 6 de mayu de 11:00 a 14:00 h.
Nel Conseyu de la Mocedá de Mieres
Vienres 28 d"abril de 17:00 a 20:00 h.
Nel Conseyu de Mocedá de Xixón
Vienres 5 de mayu de 17:00 a 20:00 h.
Nel Conseyu de la Mocedá d"Uviéu
Xueves 27 d"abril de 17:00 a 20:00 h.
Na Oficina d"Información Xuvenil de Siero
Vienres 21 d"abril de 17:00 a 20:00 h.
Serviciu Itinerante
Llunes 8 de mayu nos Conceyos que recibieren demanda de les asociaciones.
Serviciu UVI
Miércoles 10 de mayu de 17:00 a 20:00 h.

 

NOVEDADES CONVOCATORIA 2006.
Como novedades a destacar en la convocatoria para este año 2006 señalar:

· Fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona que en nombre y representación de la entidad solicita la subvención (es decir, de quien entrega la subvención físicamente en el Registro), así como mandato o poder de representación para actuar en nombre y representación de la entidad (acta en la que se certifique el cargo o función que desempeña o poder de representación que puedes descargar con la documentación adjunta).
· Fotocopia compulsada de escritura pública (es decir, el Acta de Constitución de la asociación) y estatutos de constitución de la entidad solicitante, en los que resulte acreditada la ausencia de fin de lucro, en los supuestos que la solicitante sea una entidad de tal naturaleza.

La compulsa la realiza la propia administración en el momento de entregar la documentación de la Subvención en el Registro. Para ello es necesario tener en cuenta que hay que llevar original y copia de todos los documentos a compulsar.

 
Para resolver dudas o ampliar información sobre esta asesoría llama al 985 250 065 o escribe un correo a defensor_arroba_cmpa.es
 
Si no puedes acudir en persona a la asesoría, tembién puedes plantear tus dudas via web.
 

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