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Subvenciones empleo 07

nuevamente han sido convocadas las subvenciones de empleo. Aquí tienes toda la información por si te interesa.
Aquí puedes descargar el BOPA donde están publicadas
 

LUGARES, FECHA Y HORAS DE LA ASESORÍA



  • En la Oficina de Información Juvenil de Pola de Lena:
    29 de Enero, de 17,00 a 20,00

  • En el Conseyu de la Mocedá del Principáu d"Asturies:
    30 de Enero, de 17,00 a 20,00

  • En el Conseyu de Mocedá de Xixón:
    31 de Enero, de 17,00 a 20,00

  • En la Oficina de Información Juvenil de Pola de Siero: 
    1 de Febrero, de 17,00 a 20,00

  • En el Conseyu de la Mocedá d"Uviéu:
    5 de Febrero, de 17,00 a 20,00

  • En el Conseyu de la Mocedá de Mieres: 
    6 de Febrero, de 17,00 a 20,00

  • Servicio UVI, en el Conseyu de la Mocedá del Principáu d"Asturies:
    10 de Febrero, de 10,00 a 13,00

    El último día para presentar las solicitudes es el 13 de febrero.
 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:


  • Solicitud en modelo normalizado.

  • Fotocopia compulsada del DNI de la persona que solicita en nombre de la entidad, y mandato o poder de representación para actuar en nombre y representación de la entidad.

  • Fotocopia compulsada de escritura pública y estatutos de constitución de la entidad, constando ausencia de ánimo de lucro cuando la entidad sea de tal naturaleza.

  • Memoria descriptiva de las acciones a realizar (denominación, descripción y localización de la obra o servicio; presupuesto detallado de los costes, aportación de la entidad solicitante y subvención que solicita; duración de la obra o servicio; perfil de las personas desempleadas a contratar.

  • Declaración responsable de hallarse al día de las obligaciones tributarias, de Seguridad y no ser deudor de la Hacienda del Principado, así como subvenciones solicitadas y las concedidas con la misma finalidad, y si ha procedido a la justificación de subvenciones anteriores concedidas por el Principado.

  • Fichero de acreedores debidamente cumplimentado y diligenciado por la entidad bancaria, en su caso.

 

NOVEDADES:


Los términos de esta convocatoria son, en general, similares a los de la del año pasado, aunque con las siguientes novedades:


Penalización:



  • Se penalizará el incumplimiento del compromiso de inserción laboral que se hubiera adquirido en convocatoria anterior, descontando de la valoración del nuevo proyecto los mismos puntos que le fueron asignados en la valoración del anterior por este concepto en caso de incumplimiento total, o la parte proporcional de los mismos en caso de incumplimiento parcial.

Incompatibilidades: 



  • Estas subvenciones son incompatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones para fomento del empelo, excepto las desgravaciones fiscales o deducciones de cuotas a la Seguridad Social, establecidas con carácter general y como medida de fomento del empleo por la Administración General del Estado.

Ayudas para la conciliación de la vida familiar:



  • Para cuidados de menores y de mayores dependientes de la persona que resulte contratada, hasta un máximo de 10 euros diarios por cada día y persona dependiente.

Régimen supletorio: 



  • Entre las normas por las que se regirá lo no previsto en las bases de la convocatoria, se incluye el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado este verano.